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Asumirá Salman Alvarez, el miércoles, relevo de Robles Riestra como Auditor Superior

Luis Alonso VASQUEZ

4 de abril, 2011

Miguel Víctor Salman Álvarez, ex Subsecretario de Ingresos del Gobierno Estatal en la administración de Tomás Yarrington Ruvalcaba, será ungido como Auditor superior del Estado, a propuesta de la Junta de Coordinación Política, el próximo miércoles en sesión ordinaria de la Sexagésima Primera Legislatura Local.

Luego de que el Congreso del Estado confirmara la exclusiva de este periódico digital, www.reporterosenlared.com, sobre la renuncia de Gerardo Robles Riestra, a dicho cargo, se espera que hoy o mañana, la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior del Estado, conozca la propuesta para ocupar dicho puesto.

Salman Álvarez, ex presidente del Colegio  de Contadores Públicos de Ciudad  Victoria, es un reconocido experto en materia fiscal y ha sido catedrático de la Universidad Autónoma de Tamaulipas (UAT).

El contador mantuvo un litigio contra la pasada administración estatal por despido injustificado y otras prestaciones.

Se trató de hablar con el desde la semana pasada, pero por motivos de discrecionalidad, se rehusó a ser entrevistado.

Cabe mencionar que el ahora ex auditor del Estado, Gerardo Robles Riestra, llegó a esta función el nueve de septiembre del 2009 para cubrir un período de siete años.

Suplió a Raúl Hernández Chavarría, tras la sorpresiva salida de dicho funcionario. Ambos ocuparon la Subsecretaría de Ingresos del Gobierno del Estado.

El encargado de vigilar y fiscalizar las cuentas públicas de los ayuntamientos así como entes públicos, estuvo en el ojo del huracán desde que comenzó la actual administración gubernamental ante las quejas de los partidos políticos y de organismos ciudadanos de que no había cuentas claras.

El artículo 10 de la Ley de Fiscalización de Tamaulipas, establece que el Auditor deberá permanecer en su cargo al término de su período, hasta que el Pleno del Congreso designe a un nuevo titular; podrá ser removido sólo por las causas graves que señale la ley, que deberá juzgar y aprobar el pleno del Poder Legislativo Estatal por el voto de cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes.

Podrá separarse del cargo por incapacidad legal para ejercerlo, o por enfermedad evidente y dictaminada.

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