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Pide PAN endurecer castigo para Hostigamiento y Acoso Sexual en defensa de mujeres y hombres

Arturo ROSAS

4 de octubre, 2009

Al carecer el Código Penal de la tipificación de Hostigamiento y Acoso Sexual como delitos, la fracción del PAN propuso adicionarlos, para que surta efecto en la defensa de mujeres y hombres que lo viven en sus trabajos, en la docencia o en la familia. Leonor Sarre Navarro coordinadora de la fracción del PAN en el Congreso tamaulipeco, expuso hace unos días en tribuna que sólo en el Código Federal se encuentran inscritos dichos delitos, mientras que en el Código Estatal se sanciona la violación y el estupro, pero no el Hostigamiento y el Acoso Sexual. La tipificación busca castigar a mujeres que incluso, hostigan a mujeres o entre hombres. La Iniciativa propone castigar el delito de Hostigamiento y Acoso Sexual, con seis meses a dos años de prisión y una multa de 50 a 300 días de salario mínimo y será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición laboral, docente ó doméstica 'si la persona que comete estos delitos fuera servidor público y utilizase los medios o circunstancias que su función le proporciona para ejecutar el hostigamiento o el acoso sexual'. Además se le sancionaría con la destitución e inhabilitación de seis meses a dos años para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos. Se incluye que, si el sujeto pasivo del delito de hostigamiento sexual es menor de 18 años de edad, o estuviere privado de razón o de sentido, no tuviere la capacidad de comprender el significado del hecho o que por enfermedad o cualquiera otra causa no pudiere oponer resistencia a los actos que lo constituyen, se le impondrá al responsable de tres a cinco años de prisión y multa de 100 a 500 días de salario. En corto -Comete el delito de hostigamiento sexual quien, valiéndose de una posición jerárquica derivada de la relación laboral, docente, doméstica, que asedie a otra persona, emitiéndole propuestas. -Comete el delito de acoso sexual quien con respecto a una persona con la que no exista relación de subordinación, lleve a cabo conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad que la pongan en riesgo o la dejen en estado de indefensión.
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