Luis Alonso Vásquez
Dirección General
Martha Isabel Alvarado
Sub Dirección General
14 de diciembre, 2010
Hasta el 10 de enero de 2011, aumentó la franquicia de 75 a 300 dólares para extranjeros, paisanos y quienes vivan en el interior de la República Mexicana y no en la franja fronteriza.
El pago de impuestos se hará a partir de 301 dólares y no incluye mercancía como cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados.
Todo visitante que ingrese vía terrestre, aérea o marítima goza de este beneficio desde el 1 de noviembre del 2009 al 10 del siguiente año.
La franquicia de 300 dólares por persona puede ser acumulable por cada miembro de familia hasta un total de 1,200 dólares siempre y cuando viajen en el mismo vehículo o lleguen en familia.
Pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, pueden importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.
Se podrá introducir al país también la mercancía nueva o usada, como parte de su equipaje personal: bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza; tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
Otras mercancías que aceptará la Aduana a los visitantes, son dos cámaras fotográficas o de video grabación incluyendo 12 rollos de película o videocasetes, material fotográfico, dos aparatos de telefonía celular o de radio localización, una máquina de escribir portátil, una agenda electrónica, un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles, un quemador, un proyector portátil, con sus accesorios.