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Se consolida 'Ley Olimpia'; avala Congreso penas más severas por ciber-acoso

Arturo ROSAS

23 de octubre, 2020

Los diputados locales en Tamaulipas aprobaron la reforma al Código Penal para que se imponga una pena de hasta 10.4 años de cárcel a quien cometa el delito de  “Violación a la Intimidad” por difundir o vender ‘packs’ de mujeres.

Se destaca que, para quien revele, difunda, publique o exhiba mediante correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio.

Por ejemplo, imágenes, audio de contenido íntimo, erótico o sexual de una persona, sin contar con el consentimiento de la víctima es de 4 a 8 años de prisión.

Sin embargo, puede crecer una tercera parte, es decir, 10.4 años -si es la máxima-, cuando la víctima y el victimario tenga una relación de parentesco por consanguinidad, afinidad,  civil o haya estado unida a él y aún más: La pena va a aumentar la mitad cuando sea la pareja de la mujer quien amenace en publicar o divulgar las imágenes que haya grabado, es decir, hasta 15.2 años de cárcel, considerando que sea la máxima con agravantes.

Al mismo tiempo se penaliza el “Ciberacoso” que hoy, una pena de 11 meses a 3 años de prisión y una multa que va de los 4,344 pesos a 26 mil 064 pesos.

Pero se otorgará una pena de 3 a 5 años de prisión y una multa de 26 mil 064 pesos y hasta 86 mil 880 pesos a quien haciendo uso de medios de “radiodifusión, Telecomunicaciones, Informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos”, contacte a una persona menor de 18 años de edad.

“Lo anterior parte de una iniciativa social que es la “Ley Olimpia”, misma que busca a través de sus propuestas salvaguardar la seguridad de las mujeres que son víctimas, con la finalidad de erradicar la violencia digital”.

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