Luis Alonso Vásquez
Dirección General
Martha Isabel Alvarado
Sub Dirección General
6 de enero, 2012
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) niega que haya terrorismo fiscal en la nueva ley que mandará a la cárcel a los contribuyentes que omitan hacer sus declaraciones al menos en un lapso de 12 meses, sino más bien una medida para evitar la evasión fiscal que tanto mal hace a la Federación supuestamente.
Y es que, de acuerdo a una reforma aprobada desde el 2011 por el Congreso de la Nación, ahora se considera como un delito federal a quien no presente su contribución en un año, para lo cual inmediatamente será investigado y sancionado por las autoridades.
El administrador del Sistema de Administración Tributaria (SAT) en Matamoros, señaló que sin embargo esta no es una medida extrema totalmente, ya que en cada caso se tiene que investigar las razones por las que se ha realizado dicho delito y el responsable será juzgado, de ahí dependerá si se sanciona o no.
“Aquí básicamente el espíritu de la reforma es contemplar la figura equiparable a un delito de evasión fiscal en donde se atendería las situaciones particulares de cada caso, se observaría la situación del contribuyente en supuesto especifico para poder ya aplicar una sanción especifica”, dijo.
Y agregó el administrador del SAT: “hay que considerar también que las sanciones penales se sujetan a una autoridad judicial, donde la autoridad federal determinaría la culpabilidad”.
De acuerdo al artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, el cual entró en vigor a partir del 01 de enero del 2012, el contribuyente tendrá una pena de 3 meses a 2 años, cuando el monto de lo defraudado no exceda un millón 221 mil 950 pesos.
El tributario iría a la cárcel de 2 a 5 años, cuando la defraudación fiscal superé el millón 221 mil 950 pesos y llegue a un millón 832 mil 920 pesos.
Pero si esta última cantidad es rebasada en cuanto a la evasión fiscal, el contribuyente podría ir a prisión de 3 a 9 años.
El administrador del SAT explicó que esta ley solo aplica para los contribuyentes que tienen que declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), mientras el Impuesto Sobre la Renta (ISR) no entra.